Taringa es probablemente la mayor comunidad online de habla hispana, formada en su mayoría por usuarios latinoamericanos y, aunque en ella tienen cabida todo tipo de temas, es famosa por que abundan los enlaces a copias de contenidos con copyright. Por ello y, en contraposición a la jurisprudencia española, el tribunal ha considerado a sus propietarios como partícipes necesarios:
Tribunal argentino escribió:El funcionamiento como biblioteca de hipervínculos justifica la existencia de la página que tiene un ingreso masivo de usuarios, mediante el cual percibe un rédito económico con la venta de publicidad, la que en el negocio informático se abarata o encarece en función de la mayor cantidad de visitas que recibe. Lo expuesto ha permitido que personas, aún no identificadas, publicaran links para descargar ilegítimamente las obras, sin que la maniobra fuera evitada por la administración del sitio de los imputados, facilitando con ello las copias cuestionadas. [...]
Los imputados a través de su sitio permitían que se publiciten obras que finalmente eran reproducidas sin consentimiento de sus titulares. Si bien ello ocurría a través de la remisión a otro espacio de Internet, lo cierto es que justamente tal posibilidad la brindaba su servicio. Adviértase que si bien los autores del hecho finalmente serían aquéllos que subieron la obra al website y los que “la bajan”, lo cierto es que el encuentro de ambos obedece a la utilización de la página, siendo sus responsables al menos partícipes necesarios de la maniobra y además claros conocedores de su ilicitud. [...]
Hay que aclarar sin embargo que la condena se refiere a un número limitado de obras (29) cuyos enlaces ya fueron eliminados, por lo que los foros seguirán activos. Aunque como comentan en ADSLZone su futuro en España no está tan claro, ante la facilidad de la Ley Sinde para bloquear webs extranjeras y la dificultad que tendrán sus propietarios argentinos para defenderse
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